jueves, 22 de octubre de 2009

De 3 a 5 años de cárcel a quien venda o distribuya videojuegos o juguetes bélicos


La Ley para Prohibición de Video Juegos y Juguetes Bélicos propone multas de 2000 a 4000 UT a quienes promuevan la compra o uso de dichos juegos, así como cárcel de 3 a 5 años a quien importe, fabrique, venda, alquile o distribuya ese material.
La Comisión Mixta que trabaja en la elaboración del proyecto de la Ley para Prohibición de Video Juegos y Juguetes Bélicos aprobó el informe para la segunda discusión.
La referida instancia mixta presidida por el diputado Juan Mendoza está integrada además por los diputados Wilmer Iglesias, vicepresidente, Marelis Pérez, Diluvina Cabello, Eleazar Nieves, Julio Moreno y Eliseo Peña.
Se ha definido que video juegos bélicos son todos aquellos programas (…) que contengan informaciones o simbolicen imágenes que promuevan o inciten a la violencia, torturas y/o uso simulado de armas
El diputado Iglesias, quien fue el vocero, señaló que el informe se ha enriquecido con los aportes hechos, durante la consulta pública, por algunas personas que desarrollan videojuegos.
Explica el parlamentario que en ese proyecto, que ya fue aprobado en primera discusión el 25 de agosto pasado, se ha definido y conceptualizado que video juegos bélicos son todos aquellos programas usables en computadoras personales, sistemas arcade, videoconsolas, dispositivos portátiles o teléfonos móviles que contengan informaciones o simbolicen imágenes que promuevan o inciten a la violencia, torturas y/o uso simulado de armas.
Mientras que juguetes bélicos, son aquellos objetos o instrumentos que por su forma imitan cualquier clase de armas a las utilizadas por la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, las que figuran como armamento de guerra de otras naciones, las de los órganos de seguridad ciudadana o cuerpos de seguridad del Estado u otras armas; así como aquellos que, aún sin promover una situación de guerra, establecen un medio de juego que estimula la agresividad o la violencia.
“Lo más pronto posible estaremos entregando el proyecto a la secretaría de la Directiva de la Asamblea y posiblemente este próximo jueves se inicie la segunda discusión de esta ley”, acotó Iglesias.
Destacó que: ”se incorporaron algunos artículos y se definieron algunos conceptos apoyados en instituciones y en el marco referencial internacional, lo que se conoce como una referencia jurídica de otras leyes que existan en el mundo sobre al tema”.
Juguetes bélicos, son aquellos objetos o instrumentos que por su forma imitan cualquier clase de armas a las utilizadas por la FANB
Señala Iglesias que esos nuevos artículos se enfocan en algunos principios constitucionales tendentes a reconocer a los venezolanos como amantes de la paz y a la nación venezolana como territorio de paz. Por lo tanto, cualquier ejercicio o maniobra de connotación bélica estarían totalmente prohibidas en nuestro territorio, quedando esos ejercicios militares condicionados solo a militares y no a civiles.
Sanciones
En el informe se discrimina lo que es una sanción desde el punto de vista tributario. Las multas previstas en el articulo 13 establecen: “quien por cualquier medio, promueva la compra o uso de videojuegos bélicos y juguetes bélicos serán sancionado con multa de 2000 a 4000 UT” (UT actual Bs.F 55,00) mientras en el articulo 14 de este capítulo reza “quien importe, fabrique, venda, alquile o distribuya videojuegos belicoso juguetes bélicos, será sancionado con prisión de 3 a 5 años. La pena prevista en este articulo e impuesta mediante sentencia definitivamente firme, implica el comiso y destrucción de los videojuegos y juguetes bélicos”.
“Quien importe, fabrique, venda, alquile o distribuya videojuegos belicoso juguetes bélicos, será sancionado con prisión de 3 a 5 años”
En cuanto al tema de los comerciantes informales, el parlamentario enfatizó que los ciudadanos que infrinjan la ley mediante el contrabando y la piratería estarán sometidos a las sanciones respectivas. En este sentido, todas las instituciones que tengan vinculación en la protección del ciudadano, en cuanto a lo que compran, reciben y a publicidad que son expuestos, intervendrán de manera conjunta en el seguimiento, control y evaluación.
En relación a los juegos como el “paint ball” y el “airsoft”, el diputado Iglesias señaló que en la definición de juguetes bélicos “todas las replicas de armas utilizadas por la Fuerza Armada Nacional o por otros ejercicios y armas reconocidas en el mundo como armas de guerra están prohibidas en el país, pero las maniobras a través del videojuego y la enseñanza premilitar es competencia de la Fuerza Armada por un lado y por otro lado, si los amigos que practican este tipo de actividad logran organizarse y cumplir con los reglamentos y estatus correspondientes para que los reconozcan como una actividad deportiva, estarán abiertas las puertas no sólo de la Asamblea Nacional sino de todas y cada una de las instituciones”.
“Lo mas importante es que el pueblo venezolano entienda, nosotros no podemos justificar espacios, lapsos y edades para tener una situación o conducta violenta en la relaciones con la sociedad, para nosotros la violencia no es juego y las armas no pueden ser juguete, pareciera que como lo vemos a diario es un hechos que debemos aceptar. A nosotros no nos hace falta una granada una pistola un juguete de este tipo, que tenga como objetivo la destrucción de otro ser humano para poder desarrollar una actividad de recreación, convivencia y paz, por ello invitamos y exhortamos a la familia venezolana a que asuma la corresponsabilidad en la aplicación y divulgación de esta ley”.


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